Exploradores pandémicos

En un artículo publicado en el Jornal Correio Braziliense, el presidente de ETCO habla sobre la necesidad de observar la seguridad jurídica y los impactos de las acciones y proyectos propuestos para enfrentar la pandemia, tanto desde el punto de vista sanitario como económico.

Edson Vismona, Correio Brasileño
07/07/2020

Fuimos duramente golpeados. La tragedia de la salud ha obligado a gestores públicos, parlamentarios y empresas a concentrarse de lleno en combatir el nuevo virus y en buscar alternativas que, además de salvar vidas -esencial- puedan mantener las condiciones mínimas para que nuestro país no vaya a la quiebra.

Al abordar las consecuencias de la pandemia, se están tomando varias iniciativas para reducir los efectos tanto en la salud pública como en la economía.

En el Congreso Nacional, una de las propuestas se presentó a la Cámara Federal a través del proyecto de ley 1397/2020, cuyo objetivo es instituir medidas de emergencia destinadas a prevenir la crisis y promover, de forma transitoria, cambios en las disposiciones de la ley que se ocupa de la recuperación judicial, extrajudicial y de quiebra del empresario y la empresa.

Dentro de su alcance, entre otras medidas, de conformidad con el artículo 11 del texto presentado, las obligaciones previstas en los planes de reorganización judicial o extrajudicial ya aprobados, independientemente de la resolución de la junta general de acreedores, no se exigirán al deudor por un período de 120 ( ciento veinte). El artículo 12 de dicho proyecto permite la presentación de un nuevo plan de recuperación judicial o extrajudicial, independientemente de que el plan original haya sido ratificado o no en los tribunales.

Más adelante (artículo 15), PL1397 / 20 permite la suspensión de actos administrativos de revocación, revocación, impedimento de registro, registro, código o número de contribuyente, independientemente de su tipo, modo o calidad fiscal, sujeto a cualquier entidad de la federación que esté bajo discusión judicial, dentro del alcance de la reorganización judicial.

El Instituto Brasileño de Ética en Competencia (ETCO) entiende que en este momento de pandemia, las iniciativas legislativas destinadas a reequilibrar las condiciones económicas de las personas y las empresas son bienvenidas y necesarias.

Sin embargo, para que no solo se traten las condiciones excepcionales, sino que también se mantenga el marco general e integral de seguridad jurídica y ética competitiva, es conveniente que se realicen ajustes al texto de ese proyecto de ley.

Con respecto a los artículos antes mencionados, debe tenerse en cuenta que no es casualidad que haya reuniones generales de acreedores y planes de recuperación aprobados en los tribunales. Estos son instrumentos que establecen prioridades y brindan seguridad jurídica a los procesos de recuperación judicial y extrajudicial. De lo contrario, si se ignoraran estas disposiciones, habría un riesgo de que todo el proceso cayera en un limbo legal desconocido, lo que llevaría al crecimiento de un litigio judicial ya exorbitante.

Sin embargo, la suspensión de sanciones no satisface la necesidad de preservar la actividad económica, sino que permite que las empresas que ya han estado buscando eludir la legislación aplicable y que, por esta razón, hayan sufrido sanciones administrativas, se beneficien, permitiendo y facilitando la evasión fiscal estructurada y recurrente de los deudores ya conocidos que organizan su modelo de negocio para nunca pagar impuestos, utilizándolo como una ventaja competitiva para aumentar sus ganancias, ganar cuota de mercado y perjudicar a los competidores.

En este sentido, sugerimos que los artículos 11 y 12 obedezcan al principio de seguridad jurídica, y que se elimine el artículo 15, no solo porque es totalmente ajeno al mérito expresado en la PL 1397/20, sino también para evitar distorsiones, beneficiando aún más. empresas que violaron los principios de la competencia.

Sí, debemos apoyar a las empresas en dificultades. Ahora, estimular a aquellos que ya han tenido actos de evasión indebidos reconocidos, como modelo de negocio, ¡no! Aún más ahora, en este momento de la pandemia en la que hemos visto el crecimiento de oportunistas en servicio, siempre tratando de aprovechar y aprovechar el desafortunado "jeitinho" para beneficiarse de alguna manera de cualquier iniciativa o incumplimiento de la ley, distorsionando los buenos propósitos de la legislador.

 

* Edson Vismona - Abogado, presidente del Instituto Brasileño de Ética en Competencia - ETCO, fue Secretario de Justicia y Defensa de la Ciudadanía del Estado de São Paulo (2000/2002)

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