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- Conferencia de Heleno Torres sobre seguridad jurídica y procedimiento fiscal
- Conferencia de Roberto Quiroga sobre seguridad jurídica e interpretación de las normas fiscales
- Conferencia de Humberto Ávila sobre seguridad jurídica, fiscalidad y desarrollo
- Conferencia de Hamilton Dias de Souza sobre seguridad jurídica y reforma fiscal
- Conferencia de Gustavo Brigagão sobre impuestos del siglo XXI
- Clausura del seminario, por Victorio De Marchi
Conferencia de Gustavo Brigagão sobre impuestos del siglo XXI
El abogado, profesor de derecho y presidente de la Asociación Brasileña de Derecho Financiero (ABDF), Gustavo Brigagão, habló sobre el pasado y el futuro de los impuestos. Esbozó una breve descripción histórica de las elecciones realizadas por Brasil en materia fiscal y los reflejos que produjeron en términos de inseguridad jurídica. Luego abordó los nuevos desafíos que enfrenta el mundo en el campo de los impuestos.
"Nuestro sistema tributario se remonta a 1965, en un mundo que era completamente diferente", recordó. “Los bienes eran bienes tangibles que circulaban entre la industria, al por mayor y al por menor, hasta que alcanzaron el consumo. El servicio fue el resultado de la actividad humana, necesariamente ".
En ese momento, según él, mientras la mayoría de los países avanzaban hacia un impuesto al valor agregado nacional, Brasil eligió crear impuestos separados para cada entidad federativa: IPI, federal; ICM, luego ICMS, para los estados; y la ISS, municipal. En la evaluación de Brigagão, esta elección creó muchos de los problemas legales que surgirían en las siguientes décadas, a medida que la economía se volviera más compleja y las unidades federales comenzaran a disputar el derecho de gravar las nuevas actividades que estaban surgiendo.
Citó varios conflictos y su ir y venir a través de los tribunales, como la distinción entre bienes y servicios, la caracterización del lugar donde se prestan los servicios y la definición de insumos. Luego, presentó una larga lista de nuevos desafíos que enfrentan los países debido a la globalización y la revolución tecnológica de las últimas décadas. “Estas nuevas tecnologías han hecho que el sistema tributario, no solo el brasileño, sino el sistema tributario internacional, sea caótico”, comentó.
Según él, las innovaciones como el comercio electrónico, la computación en la nube, el internet de las cosas, la impresión 3D, la suscripción de software, los servicios de transmisión, el alquiler de propiedades por aplicación, la venta de datos del consumidor, la publicidad digital y la criptomoneda trajeron una serie de desafíos fiscales que Todavía no encuentro respuestas satisfactorias en ningún lugar del mundo. “Hoy, la mercancía se puede vender por correo electrónico. Y la impresión se realiza en la casa del consumidor. En otras palabras, la cadena que existía para la circulación de bienes, se convierte en una cadena de valores ”, dijo.
Para escalar el tamaño de estos negocios, recordó que los cinco gigantes tecnológicos que conforman el acrónimo GAFAM (Google, Amazon, Facebook, Apple y Microsoft) tuvieron una facturación de US $ 767 mil millones en 2017. "Esto es equivalente al PIB de Suiza", comparó.
Brigagão destacó tres características específicas de estos negocios que imponen grandes dificultades a los impuestos: no necesitan una presencia física en el país donde se presta el servicio; tener la mayor parte de su valor concentrado en activos intangibles; y generar ingresos del propio usuario. “Proporcionar datos de estos participantes crea un valor que hace que estas empresas valgan miles de millones. Ya sea a través del uso que hacen de estos datos, o a través de la publicidad, el nivel de audiencia que puede alcanzar el marketing de estas empresas ”, explicó.
Dio cuenta de las iniciativas que están siendo estudiadas o propuestas por organizaciones como la OCDE, el G20 y el Consejo Europeo y las iniciativas recientemente adoptadas por países como Francia, España y el Reino Unido para gravar estos nuevos negocios. Pero enfatizó que todavía no apuntan en una dirección clara sobre la mejor manera de gravar a estas compañías.
Brigagão también habló sobre las dificultades que las empresas globales tienen para comprender el sistema brasileño e hizo una evaluación de las propuestas de reforma tributaria que se discuten hoy en el país y defendió la adopción del IVA para resolver algunos de los principales problemas del modelo actual, como el suyo. complejidad y acumulatividad, y recordó que es adoptado por 165 de los 193 países del mundo. Pero consideró que la forma en que se propone en PEC 45 es inadecuada y posiblemente inconstitucional.
Al final de la conferencia, el experto en impuestos Everardo Maciel, coordinador del Seminario, reforzó los puntos planteados por Brigagão sobre los desafíos que enfrentan los países para gravar a los gigantes de la tecnología. Sin embargo, presentó un punto de vista contrario a la adopción del IVA, considerándolo un tributo del pasado, al tiempo que reconoció los problemas del sistema actual. "Estamos discutiendo la solución de 1949 para el siglo XXI", señaló.
Brigagão estuvo de acuerdo con la obsolescencia del IVA, pero reforzó sus críticas sobre la naturaleza acumulativa de los impuestos nacionales y volvió a defender su adopción para resolver los problemas que afectan el desarrollo de Brasil. "Me gustaría poder decirles a los inversores extranjeros que tenemos una forma de impuestos que es compatible con lo que saben. Y hoy no puedo decir eso ”, se lamentó.
La siguiente es la transcripción de la conferencia:
Leer más ...Conferencia: Seguridad jurídica y fiscalidad del siglo XXI
Ponente: Gustavo Brigagao
Plan de estudios (19 de junio): Presidente de la Asociación Brasileña de Derecho Financiero (ABDF); miembro del comité ejecutivo de la Asociación Fiscal Internacional (IFA); vicepresidente del Foro Permanente de Derecho Tributario de la Escuela de la Magistratura del Estado de Río de Janeiro (EMERJ); director de relaciones internacionales del Centro de Estudios de Bufetes de Abogados (CESA); coordinador del grupo de trabajo “ICMS” de la Comisión de Reforma Tributaria del Estado de Rio de Janeiro; profesor de posgrado de la FGV-RJ; y socio de Brigagão, Duque Estrada - Advogados.
Transcripción de la conferencia
Buenas tardes a todos. Quería agradecer a mi querido amigo Everardo y Edson por la invitación. No haré lo que hizo Heleno para ofrecerme para sentarme allí, porque no soy tonto por entrar en el debate con usted. Es una lógica irritante.
Pero esta mañana, porque mi tema, como veis: Seguridad jurídica y fiscalidad en el siglo XXI. Esta mañana, enciendo la televisión a las 6 de la mañana y Fachel y Octavio Guedes están allí. Y comienzan a discutir este tema del PEC de la Seguridad Social, que se votará o no el 18 de julio. Entonces Fachel se vuelve hacia Octavio y le dice: “¿Qué crees que pasará? ¿Cuáles son sus expectativas, cuáles son sus predicciones al respecto?
Él dice: “No hago predicciones a largo plazo. Para mí, cualquier cosa que sea más de mediodía del día siguiente es a largo plazo ".
Imagínense, caballeros, mi situación de tener que hablar sobre cómo serán los impuestos en el siglo XXI.
Aquí, en relación con lo que tenemos de las reglas actuales, tenemos reglas que no son comprensibles, que no son estables y que no son predecibles. Entonces, definitivamente, de acuerdo con la lección que tuvimos aquí con el profesor Humberto, estamos seguros de que no hay seguridad legal en el sistema brasileño.
Pero, para entender el siglo XXI, tenemos que ver el siglo XX, porque estamos atrapados en él. ¿Por qué estamos atrapados con eso? Nuestro sistema tributario nacional se remonta a 1965, en un mundo completamente diferente, un mundo en el que los bienes eran bienes tangibles que circulaban entre la industria, la venta al por mayor y la venta al por menor, hasta que llegaron al consumo. El servicio fue el resultado de la actividad humana, necesariamente.
En ese momento, la nube estaba destinada a hacer llover, no guardaba archivos. El hombre no había ido a la luna, la televisión era en blanco y negro. Era un mundo completamente diferente.
El IVA se acaba de crear en Europa y también en Japón, oponiéndose a una tributación acumulativa que prevalecía en ese momento, y nosotros, aquí en Brasil, en un régimen excepcional, creamos una tributación que era única en el mundo.
Distribuimos los impuestos federales, estatales y municipales sobre los impuestos a la industria, los bienes, las empresas y los servicios entre tres impuestos. IPI, ex ICM e ISS. Creamos esta tributación acumulativa que es muy amigable con los conceptos.
Conceptos que con el tiempo han sido llevados a la Corte Federal Suprema por los estados y municipios, con el fin de incorporar a esos conceptos ciertas actividades que no estaban contenidas en el mismo. ¿Y qué hizo el Supremo? Al juzgar asuntos relacionados con los estados, extendió el concepto de mercancía. Dejó a los estados satisfechos con el resultado, porque vieron expandida su competencia.
Pero en el momento en que se amplió esta competencia, de hecho, la competencia de los municipios se redujo, porque en el momento en que se expande el concepto de mercancía, disminuye el concepto de servicio. Y cuando surgieron preguntas relacionadas con el concepto de servicios, se hizo lo mismo, hubo una expansión de este concepto y la disminución correspondiente en el concepto de mercancía.
Entonces, en lugar de solucionar el problema, hicimos que la Corte Suprema lo agravara. Crear una zona de intersección en la que los dos conceptos pueden caber. Esta es la peor reforma fiscal que puede existir. Es la reforma tributaria realizada por el Tribunal Federal Supremo. Hay once personas que no fueron elegidas por el pueblo. Que no tienen representación para eso.
Entonces, surgieron conflictos de tres niveles: conflicto de competencia, conflictos entre ICMS e ISS: estos son los conflictos más tradicionales, por así decirlo. Conflictos entre IPI e ISS. Después de todo, ¿los servicios se consideran bienes? ¿Se les considera industrialización? ¿Pueden considerarse industrialización o no? La industrialización personalizada ha generado decisiones controvertidas y contradictorias que todos ustedes conocen. Conflictos de competencia entre los propios estados. En cuanto a la incidencia del ICMS en las importaciones, si se produce en la entrada física, si se produce en relación al lugar donde se encuentra el negociador, el importador legal. Problemas de la ISS. Ese fue uno de los peores, ¿no? Lugar de entrega. Eso generó decisiones judiciales para todas las partes. Jurisprudencia para todas las partes.
Tuvimos el conflicto en la jurisprudencia, al que se refirió anteriormente Hamilton Dias de Souza. Aquí, destaqué algunos: Cofins - sociedades profesionales, de las que todos los que somos socios en proveedores de servicios fuimos víctimas. Teníamos un resumen del STJ, que estaba a favor de no imponer este impuesto, luego vino la Corte Suprema y decidió lo contrario. Después de años, decidió lo contrario y sin efectos moduladores. Generaba exactamente el efecto al que se refería el profesor Humberto.
La tasa de IPI es cero / exención. Primero, se dice que es posible acreditar compras exentas. Entonces, en mi opinión, esta posibilidad de crédito a tasa cero se extiende erróneamente. Luego, la jurisprudencia regresa, elimina la tasa cero y luego elimina la exención. Ve y vuelve. Y luego amplía aún más la discusión del tema, debido a la reciente decisión de la Zona de Libre Comercio de Manaus, y dice que para la Zona de Libre Comercio de Manaus vale la pena.
Sustitución de impuestos en el futuro, que Hamilton acaba de mencionar. Créditos PIS y COFINS. Concepto de entrada ... Con las entradas ya tenía todos los conceptos posibles. Ya sea en la jurisprudencia CARF, o en la jurisprudencia STJ. Y la última decisión del STJ no fue suficiente para resolver el problema. Las opiniones de COSIT vinieron diciendo, tratando de interpretarlo de alguna manera. Es en este mundo donde el contribuyente vive en el siglo XXI, pero debido a problemas creados en el siglo XX.
Conflictos entre poderes. Solo mire una decisión de la Corte Suprema Federal, que es favorable para el contribuyente, luego llega el Poder Legislativo y dice lo contrario a través de un PEC. Esto sucedió exactamente con la cuestión del crédito, de la posibilidad del crédito ICM incluso, en adquisiciones exentas, la Enmienda Passos Porto, la Enmienda 23/83.
El IPTU progresivo, que según la Corte Suprema sería contrario al sistema legal brasileño, la posibilidad de un IPTU progresivo. Sin embargo, fue posible gracias a este PEC [CE 29/00].
Enmienda 33/01: ICMS sobre las importaciones de particulares, que el Tribunal Supremo consideró inconstitucional y admitió el PEC 33.
Y la Enmienda 42/03, que me recuerda a mi gurú eterno Condorcet Rezende, que era el Fondo para Combatir la Pobreza, que se declaró inconstitucional en relación con las reglas de Río de Janeiro y que se hizo constitucional por la Enmienda 42. Dijo Condorcet esa fue la Enmienda Lazarus. Que ella se levantó de las cenizas.
De todos modos, esta es la situación en la que nos encontramos. ¿Y qué hay de nuevo para agravar este problema? Y luego estamos entrando, ya saliendo del siglo XX y entrando en el siglo XXI, aún con respecto a los asuntos nacionales, porque dividí mi discurso en dos etapas. Uno para abordar el problema a nivel nacional, cuáles son los problemas que tenemos aquí y cómo se los ve en el extranjero también. Y la perplejidad no cambia tanto.
¿Qué tenemos hoy? Globalización absoluta, ¿no es así? Vemos aquí en este mapa del mundo, vemos en la fabricación de un simple frasco de Nutella, cuántas instituciones involucra esta industrialización. ¿Dónde está la sede de la empresa? ¿Dónde están los principales proveedores, los establecimientos de proveedores? ¿Dónde están las fábricas? ¿Dónde están las oficinas de ventas? Observe que Brasil está allí, en Poços de Caldas, suministrando una de las materias primas que participan en esta industrialización.
Segundo, ¿qué teníamos? Nuevas tecnologias. Estas nuevas tecnologías hicieron que el sistema tributario, no solo el brasileño, sino el sistema tributario internacional, fuera caótico. Por qué Que tuvimos Primero que nada: computación en la nube. Tenemos servicio, software como servicio, plataformas como servicio, infraestructura como servicio. Cuáles son las operaciones que se llevan a cabo en un mundo absolutamente virtual y cuya competencia por los impuestos de estas operaciones es realizada exactamente por los estados y municipios.
Tenemos e-commerce. La transmisión. Internet de las cosas. Impresión 3D Eso cambia completamente el mundo en que vivíamos cuando se creó el sistema tributario nacional. En ese momento, como dije, la circulación de bienes, fue hecha por la industria, desde mayoristas a minoristas y hasta el consumidor final. Hoy, la mercancía se vende o se puede vender por correo electrónico. Y la mercancía se imprime en la casa del consumidor. Es decir, la cadena que existía para la circulación de bienes, se convierte en una cadena de valores.
La cadena de bloques, las criptomonedas, que ni siquiera podemos definir la naturaleza de estas criptomonedas. La economía compartida. AirBnb y Uber. De hecho, no tienen auto. No tienen hotel. Son la compañía más grande en estas dos actividades, en estas dos sucursales.
Con eso, aparecen cinco grandes empresas, que reciben el sobrenombre de GAFAM, que es Google, Amazon, Facebook, Apple y Microsoft. Estas empresas ganan $ 767 mil millones en 2017. Esto es equivalente al PIB de Suiza. La suma de la facturación de estas cinco empresas.
¿Cuáles son las marcas comerciales en el modelo comercial que siguen estas compañías?
Primer lugar: ausencia de presencia física. Estas empresas llegan a los mercados independientemente de si tienen un establecimiento físico donde se encuentran estos mercados.
En segundo lugar, los activos de estas empresas son predominantemente intangibles. Trabajan en propiedad intelectual. Funcionan mediante la licencia del derecho a usar la propiedad intelectual que les pertenece.
Es un tema, la tercera marca, que es fundamental, que hoy se debate en todos los foros relacionados con este tema, que es la participación de los usuarios. El usuario en la relación que mantiene, en la relación digital que mantiene con estas compañías, con la mayoría de estas compañías, el suministro de datos de estos participantes crea un valor que hace que estas compañías valgan miles de millones. Ya sea mediante el uso de estos datos o mediante la publicidad, el nivel de audiencia que puede alcanzar el marketing de estas empresas. Esta es la situación en la que estamos en el mundo digital. Como él exige.
¿Y qué hizo la legislación brasileña? ¿Qué pasó en la legislación brasileña? Un intento ininterrumpido de los estados y municipios que intentan gravar estas operaciones. Porque, muchas veces, se ajustan tanto al concepto de mercancía como al concepto de servicios.
Traje tres ejemplos aquí. Descarga o computación en la nube. El Estado de São Paulo considera que el ICMS lo gravaría. El municipio de São Paulo dice que esta imposición sería para los municipios.
Streaming La Ley Complementaria 157 de 2016 indica en uno de sus artículos el servicio de disponibilidad sin asignación definitiva de contenido de audio y video, que es la transmisión. La posición inicial del Estado de São Paulo era que la transmisión debería estar sujeta a impuestos. Entonces cambió.
En relación con la colocación de publicidad. La Ley complementaria 157 dice que la inserción de textos, dibujos o materiales en cualquier medio estaría sujeta al impuesto municipal. El estado de Río de Janeiro presentó una IDA, diciendo que esta es una responsabilidad del estado.
Entonces, lo que tenemos a nivel nacional es un conflicto absoluto de competencias. Por qué Debido a que estos conceptos, tal como fueron creados en 1965, ya no son adecuados para esta nueva realidad. Porque en realidad, ninguno de estos bienes se ajusta al concepto de mercancía ni al concepto de servicio.
Como dice Alberto Xavier: “El hecho de que haya una capacidad contributiva resultante del ejercicio de estas actividades no es suficiente para que estas actividades sean gravadas. Debe haber una disposición legal que grave estas actividades ”. No es el Tribunal Federal Supremo el que, a través del activismo judicial que le es peculiar, extenderá los conceptos que se crearon originalmente a otra situación, para tratar de hacer que las reglas lleguen a aquellas actividades que no se alcanzan mediante impuestos.
Estoy totalmente de acuerdo en que ninguna actividad, ninguna circulación de riqueza debe estar fuera del alcance de ningún impuesto, sino que lo haga el poder correcto. A través del medio correcto. Y esa forma correcta es a través de la legislación. Si hay competencia designada para este fin por la Constitución Federal. Y no existe.
Esto genera, como se ha dicho aquí, disputas del orden de R $ 3,3 billones. Brasil es un récord de contingencia. Veo a Antonio Marcos allí, ciertamente puede confirmarlo. Es un oficial legal de IBM. Normalmente, un gran grupo empresarial, cuando hará una comparación de los ingresos de las actividades realizadas en Brasil con los de otros ingresos en el resto del mundo, no estoy diciendo que sea el caso específico, pero a menudo son los ingresos brasileños. corresponde al 2%, 3%. Diminuto en comparación con el resto del mundo.
Sin embargo, cuando miramos el porcentaje de contingencias de litigios fiscales, son campeones. Es el 95% del total de contingencias de todo el grupo. ¿Qué inversionista vendrá a Brasil en estas circunstancias?
Restricciones indebidas sobre la no acumulatividad Multiplicidad de incidencias en las mismas bases. Guerra fiscal Desequilibrio fiscal que genera mayor carga. No voy a entrar en eso porque se ha cubierto mucho aquí en las presentaciones brillantes anteriores.
Ahora entraremos en el avión internacional. Vimos el plan nacional. Veamos el plan internacional. ¿Qué tenemos en el mundo? Ese IVA que nació allí a mediados del siglo XX se convirtió en eso aquí. De hecho, este es un mapa mundial del Fondo Monetario Internacional. Está desactualizado, porque esos países en África ya tienen IVA o están en la fase de implementación, Angola está en la fase de implementación y Oriente Medio ya tiene IVA. Entonces, de hecho, el mundo sería más colorido allí.
Entonces, ¿qué tenemos? Ahí están las fechas. Los colores están relacionados con el momento en que se impuso el IVA en cada parte de ese mundo. Hay 165 países que adoptan el IVA. IVA tiene varios defectos y nuestro querido Everardo Maciel, estoy seguro de que me hará una pregunta relacionada con eso. Hay 165 países.
Ayer, en un evento, estuve con el profesor Schoueri y me hizo una pregunta. Y en esa pregunta, asumió que el inversionista, cuando vaya a invertir en un país, quiere saber si comprende el impuesto que afectará sus operaciones. Él entiende el IVA.
Cuando llega aquí, ¿qué ve? Ve IPI, ICMS, ISS. Y peor: cuando vemos aquí este segundo mapa del mundo, que nos proporciona Ernst & Young, vemos que, ahí, te fijas, el verde es lo que permite, permite que se reembolse el impuesto que se recauda en cadenas anteriores , a través de créditos, obviamente, por técnicas de contribuyente no acumulativo. El amarillo es el “arrastre completo”, es decir, aquellos países que empujan con la barriga este reembolso. Y el azul sería el “arrastre limitado”, es decir, los que empujan más o menos. Mira el color de Brasil: [amarillo].
En otras palabras, no tenemos IVA bajo la ley brasileña. No tenemos IVA Con todos los problemas relacionados con la no acumulatividad, con esta lucha del concepto de insumos en PIS y COFINS, con los problemas, con las restricciones que existen en el crédito. Ya sea de IPI, que no puede, por ejemplo, no hay posibilidad de crédito en relación con la adquisición de activos. Sean las restricciones que existen en los bienes de consumo para ICMS. Ya sea la imposibilidad de devolver el ICMS debido en caso de exportación. Eso nos hace clasificados allí. Con estos impuestos que existen actualmente. En el amarillo.
¿Qué tiene que hacer el inversor? Inserte el valor de los impuestos indirectos no acumulativos, como un costo y como un aumento en su precio, lo que hace que Brasil sea extremadamente competitivo. Aviso, señores: los créditos que se registran en la contabilidad, las compañías de auditoría tienen que retirar de los activos, porque saben que nunca serán devueltos al contribuyente. Este es el peor de todos.
Y luego, en relación con estas nuevas tecnologías, tuvimos la práctica de la planificación fiscal considerada exorbitante. Entonces, los contribuyentes se consideraron extremadamente audaces. Mientras que en Brasil tenemos a raya al contribuyente, en el extranjero tenemos a los valientes contribuyentes.
Y comenzaron explorando una serie de lagunas regulatorias, como el mal uso del concepto de residentes. El uso, por ejemplo, de los Estados Unidos determina que el contribuyente, para que sea considerado residente allí, tiene que instituir, crear e incorporar su empresa en territorio estadounidense. Mientras que en Irlanda tengo que tener la gestión de la empresa ubicada allí. ¿Qué comenzaron a hacer las empresas? Ponen a la gerencia en los Estados Unidos e incorporan la compañía, crean la compañía en Irlanda. Por lo tanto, no se me considera residente en ningún lado.
O bien, tengo la fragmentación de actividades que conducirían a la caracterización de los establecimientos permanentes. Todos los elementos que son necesarios para la caracterización de un establecimiento permanente, elimino uno de estos elementos y coloco el resto de los elementos en un país y el elemento que falta en otro. Así que no tengo un establecimiento permanente ni en un lugar ni en otro.
Transferencia artificial de utilidades a jurisdicciones con baja o nula imposición. Esto generó una insatisfacción generalizada en todo el mundo. Nadie más aceptó esto hasta el punto de que un parlamentario inglés recurrió a un administrador de Google y dijo: "No te estoy acusando de cometer ilegalidades, te estoy acusando de cometer inmoralidades". Porque él hace este tipo de operación y resulta en pagar impuestos en ninguna parte. Sobre el principio de solidaridad, debe pagar impuestos sobre las operaciones que realiza.
Allí, en relación con esta nueva economía, se creó la economía digital, se creó básicamente la intervención de tres organismos: la OCDE, la Unión Europea y el G20. Citaré aquí, brevemente, cómo tuvo lugar la discusión en estas tres áreas.
Primero, la OCDE. Cuando la OCDE vio este escenario creado por estos planes de extorsión, creó un plan de acción que consistiría en quince acciones, que básicamente abordarían cuestiones relacionadas con la coherencia, el fondo y la transparencia de las relaciones legales-fiscales. Creó quince acciones.
Plan de acción número 1: operaciones digitales. (Los otros se referían a uno de esos tres enfoques que podrían darse a cuestiones relacionadas con esta planificación fiscal). ¿Qué se dijo en el Plan de Acción Uno? La economía digital, no es una economía que deba verse por separado. Ella, de hecho, su tendencia es convertirse en la economía misma. Entonces, lo que se hará aquí, dijo la OCDE, es obtener el Plan de Acción 1 para hablar con todos los demás planes de acción.
Así, por ejemplo, el plan de acción para el establecimiento permanente. Se comenzaron a crear reglas que evitarían o pondrían mayor énfasis en ciertos elementos de configuración de este establecimiento permanente. Entonces, en ciertas situaciones, el hecho de que tenga un almacén en un determinado país, sería suficiente para establecer un establecimiento permanente si esa actividad, para esa economía específica, no fuera auxiliar. Y así se hizo con varios otros aspectos que el tiempo no me permite extender más al examinar esto aquí.
Esto se implementó, hubo un informe inicial en 2013, luego un informe final en 2015, y en 2018 hubo este "Informe Provisional", en el que examinaron en qué situación, una especie de monitoreo de la implementación de la Acción Uno. Y qué pasa si él verificó que "mira, todavía no tenemos forma de examinar, esto todavía está en la fase de implementación", pero estas reglas, por ejemplo, mencioné aquí como ejemplo el tema del establecimiento permanente, que acabo de mencionar. La conclusión fue que había poca adherencia a las nuevas reglas sobre establecimiento permanente. En otras palabras, la solución que se les dio a los países para que de alguna manera pudieran gravar las operaciones realizadas, no se adoptaron porque no se adhirieron a este instrumento multilateral. Sin esta adhesión, sus tratados no tendrían las reglas que estarían relacionadas con este asunto.
Este informe, también retrató lo que estaba sucediendo en otros países. Medidas unilaterales que se han tomado. Porque los países no eran inertes sobre el hecho de que la Acción Uno no produjo el efecto que se necesitaba. Entonces, lo que sucedió fue que ciertos criterios comenzaron a usarse para atraer impuestos a los territorios de ciertos países. Luego se creó la importante presencia económica, con definiciones relacionadas con el número de contratos firmados, de los volúmenes financieros que circulaban las empresas en el territorio de estos países, esto fue adoptado por Israel y la India. Se creó un establecimiento de servicio virtual permanente en Arabia Saudita y otras medidas similares en otros países. Volveré a eso en unos segundos.
Otra medida: impuestos en origen, esto ya lo adoptamos nosotros. Esto ya lo adoptamos nosotros. Y la devolución del impuesto sobre el volumen de negocios, la imposición sobre los ingresos, esto fue hecho por el impuesto de igualación, por parte de India, que acaba de someterse a una reforma, que de hecho ha pasado por cosas malas.
La igualación de impuestos era una forma de compensación, es decir, si los impuestos se llevaban a cabo en todo el país, India creó un impuesto sobre la facturación (tasa del 6%) sobre todos los ingresos por publicidad en línea. Es una forma de igualar los impuestos externos con los impuestos internos. De hecho, debido a la aplicación de estos regímenes, existe la posibilidad de doble imposición. Debido a que los tratados permiten la compensación del impuesto sobre la renta, este no es el impuesto sobre la renta.
La comisión europea básicamente dio como resultado dos propuestas de las reuniones celebradas dentro de su alcance. A corto plazo, muy similar al de la OCDE, que fue la creación del impuesto provisional sobre el volumen de negocios sobre estos ingresos derivados de estas actividades de GAFAM. Y una segunda propuesta que fue la creación de la presencia fiscal digital, muy similar a la OCDE.
Resulta que, en diciembre de 2018, estas propuestas, a pesar de haber sido aprobadas por el Parlamento Europeo, no hubo unanimidad necesaria para que se implementaran. No hubo unanimidad en el Consejo Europeo, y estas propuestas fueron abandonadas.
Y de allí surgieron otras iniciativas para la implementación unilateral de un impuesto digital provisional, todos incurridos en ingresos, por Francia, España, Reino Unido, Polonia, República Checa, Austria y otros.
En junio del año pasado, en Fukuoka, tuvimos la reunión del G20. El G20, autodeterminaron el alcance de un acuerdo que deberá alcanzarse para 2020. Hubo una divergencia de entendimientos en relación con todos los criterios que fueron discutidos por los Estados sobre cómo asignar los ingresos en relación con un país de origen o país de residencia, esos quien tiene algún tipo de intervención en estas actividades.
Luego, se crearon dos pilares para la discusión de este acuerdo, que necesariamente se obtendrá para 2020. Primer pilar: revisar los elementos de conexión, asignación de ganancias. Y el segundo pilar es reforzar BEPS, es decir, crear BEPS dentro de BEPS. Para que se tomen nuevas medidas para garantizar la erosión de la base imponible.
Allí, un periodista le preguntó a José Ángel Gurría qué pensaba, si de hecho era inevitable la creación de este impuesto que determinaría un impuesto mínimo sobre los ingresos tributarios resultantes de las nuevas tecnologías. Mire lo que respondió: “Lo único inevitable es la muerte y los impuestos. La pregunta aquí es qué impuestos, cuántos y cómo cobrar ”.
Creo que esta oración muestra el estado de desconcierto absoluto y la falta de comprensión de qué hacer, esta imposición de los ingresos específicamente, con respecto a la economía digital. Así que tenemos una perplejidad nacional y una perplejidad internacional frente a las nuevas tecnologías.
En Brasil, ¿qué tenemos? Esta es la última diapositiva. Tenemos un momento único en el que vivimos. Nunca he visto una reforma tributaria, la he seguido de cerca desde 1995, de hecho, fue cuando tuve el inmenso placer de conocer al profesor Everardo. Sigo los proyectos de reforma.
[Informe de la reunión con Everardo Maciel.] Llegué, fue una reunión de fin de semana, estaba el equipo económico, que incluía a Everardo Maciel, el Ministro Malan, el Ministro Tourinho, ¿verdad? Estaba la comisión que él representaba, la comisión del Congreso Nacional, que era Mussa Demes. ¿Recuerdas esa, allá atrás, la comisión de reforma? Era Aleluya, Aleluya estaba en esa reunión. Rigotto, Rigotto que se convirtió en gobernador de Rio Grande do Sul, era dentista y conocía bien el tema. Y por otro lado, fue una reunión compuesta por tres partes: 7 estados en el noreste, y le aconsejé al secretario Edmilton Santos del gobierno de Tasso Jereissati, estuve allí profesionalmente. Los estados del noreste, obviamente, quieren guerra fiscal, y el Estado de São Paulo no quiere guerra fiscal. Luego, se presentó un proyecto de reforma fiscal que estaba en manos del dr. Everardo Maciel.Tomó el proyecto y comenzó a marcar elemento por elemento, luego giró ... tictac, tictac, tictac. Llegó a su fin, había comprobado casi todo. Dijo: "Todo lo que escribí, que taché aquí, no tiene posibilidad de pasar".
Bueno, he estado siguiendo los proyectos de reforma desde 1995. De una forma u otra, participando en debates o yendo a las comisiones del Senado para hacer declaraciones sobre ellos, en resumen, estudio con eficacia. Dejé de estudiar porque comencé a confundir lo que estaba vigente y lo que no. Pero lo que extraigo de mi experiencia es que los proyectos de reforma tributaria están respaldados por un trípode legal, económico y político.
Todos estos proyectos, la mayoría, al menos, cayeron porque el lado político no se contuvo, no fue suficiente para sostener la estructura. Ni siquiera este PEC 45, como muy bien lo demostró el profesor Hamilton ... tiene otro soporte, tiene unas deficiencias que hacen casi imposible sostenerlo, es muy difícil cuestionar el tema del pacto federativo, la cuestión de la selectividad, una tasa única. Esto provoca un aumento de la carga fiscal, especialmente para los proveedores de servicios, como se demuestra en su presentación aquí, de al menos un 500%.
En la sociedad de dentistas, por no mencionar a los abogados, que se encuentran en el supuesto beneficio y que pagan el 3,65% de PIS y Cofins, tendrán un aumento del 25%. Si entonces llega el impuesto de dividendos nefasto, recogeremos el tranvía y saldremos del país. Porque no tienes condición.
Bueno, tenemos la propuesta federal de IVA. Es decir, la creación, que es la propuesta hecha por el gobierno, que es la creación de un IVA que reúne a IPI, PIS y Cofins. Tengo serias dudas sobre la constitucionalidad de esta propuesta, porque hoy en día tenemos dos impuestos que gravan los ingresos: PIS y Cofins. Y el impuesto IPI sobre productos industrializados.
ICMS e ISS, afectan el valor de la operación. La facturación no es más que la suma de todos los valores de las operaciones realizadas en un período determinado. Y la Constitución dice que la jurisdicción residual solo puede ejercerse si está instituida por una ley complementaria, existe una disposición para la no acumulación en relación con la nueva legislación y la nueva legislación no tiene una base de cálculo o genera hechos propios de otro impuesto. No idéntico, correcto. Y la facturación, en mi opinión, es para ICMS e ISS.
¿Qué pasa si lo hacemos por PEC? ¿Es esta regla una cláusula de piedra? Parte de la doctrina dice que sí. Tengo dudas sobre la constitucionalidad, ya que convertirá dos contribuciones en un impuesto. Las contribuciones pueden tener esta base de cálculo o evento imponible característico de otro impuesto, pero no otro impuesto. Este es un mero reflejo.
Impuestos sobre transacciones financieras, por nuestro querido secretario Marcos Cintra. Los movimientos financieros son quizás la forma de resolver las nuevas tecnologías. Usted ve que esta es la alternativa que están adoptando otros países. El impuesto sobre la facturación, en resumen, siempre intentan captar el flujo financiero.
Porque con las nuevas tecnologías cambio el proveedor de servicios y bienes, cambio el receptor de estos servicios y bienes. Se mueven en el mundo. No puedo capturar, definir un estado que sea competente para gravarlos, pero el flujo financiero continúa saliendo del bolsillo del comprador y dentro del bolsillo del vendedor. Entonces, tal vez esta sea una solución para las nuevas tecnologías.
Hasta el momento en que la criptomoneda está funcionando. Porque tan pronto como realmente funciona y se legaliza, ya no se define quién es un vendedor o quién es un comprador.
Cambios ocasionales en el sistema actual, es decir, una cuarta opción. Que es lo siguiente: identificaremos los problemas y encontraremos soluciones a los problemas específicos, en un entorno infraconstitucional. Tomemos la naturaleza no acumulativa de ICMS, IPI, PIS y Cofins e intentaremos resolver estos problemas. Intentaremos resolver el problema de los beneficios fiscales de manera infraconstitucional, sin cambiar la Constitución. Esta es una cuarta alternativa.
Y una quinta alternativa, que escuché ayer en una reunión a la que asistí, por el dr. Alberto Macedo, que es un abogado de la ciudad, lo que me pareció interesante, sería mezclar esta alternativa (d), que en un momento anterior, es decir, corregir de alguna manera las reglas que son infraconstitucionales y que, de alguna manera, pueden dañar la relación Estado / contribuyente y, una vez hecho eso, intente migrar a (a). Es decir, crear un IVA efectivo.
No estoy en contra del IVA, no lo estoy. Por el contrario, estoy a favor. A pesar de ser un tributo del siglo pasado, un tributo obsoleto, un tributo que también necesita varios y varios ajustes en relación con las nuevas tecnologías, no es un impuesto que sea suficiente para gravar esta circulación de riqueza, tanto es así que hay MOSS, Mini One Stop Shop, que trata de concentrar en ciertos países la recaudación de impuestos que deben hacerse a las diversas jurisdicciones en las que se realizan las ventas, pero creo que, debido al hecho de que este es el impuesto vigente 165 países más, no podemos quedarnos fuera de esto.
El inversor, repito Schoueri ayer, al inversor no le gusta eso. Entonces, estos son ... La predicción para el siglo XXI es que es completamente imposible decir algo que sea después del mediodía de mañana.
Gracias.
Pregunta de Everardo Maciel a Gustavo Brigagão:
EVERARDO MACIEL: Primero que nada, agradecer a Gustavo por la brillante, pero no sorprendente exposición, y creo mostrarles a todos que tuvimos una tarde excepcional escuchando a cinco de los abogados fiscales brasileños más brillantes en una combinación interesante, cada uno de ellos abordando aspectos muy diferentes. diferente, pero todo con la convergencia de la seguridad jurídica.
Algunas pequeñas consideraciones. El Secretario General de la OCDE, al hacer ese comentario, debe pagarle a Benjamin Franklin, que la base no es suya, sino de Benjamin Franklin. Lo estaba asumiendo como suyo.
Lo que creo que agregaría es esto: fue la muerte de los impuestos. Te imaginas Estamos experimentando un grado de confusión de este tipo en el mundo. Esto es absolutamente cierto. No es cierto porque el impuesto salió mal. El mundo ha cambiado.
Hay un cambio espectacular en el mundo. Quiero decir, hoy estamos tratando, para usar algunas frases de un autor que a Hamilton y a mí nos gustó mucho, que es Harari, Yuval Harari, estamos tratando con comerciantes de atención, donde no obtienes información, eres el producto. Este es un cambio absolutamente increíble en el mundo. Por lo tanto, este cambio increíble en el mundo implica, por lo tanto, que los sistemas tributarios deben ser repensados por completo. Lo que existe es una gran perplejidad. Es decir, todo lo que se ha escuchado sobre BEPS, la OCDE, la Unión Europea, es de hecho que nadie está logrando encontrar una solución porque el problema ni siquiera está formulado adecuadamente. Porque no se ha entendido claramente que se está produciendo un cambio importante en el mundo.
Ese es el tema central. Y verán, no lo abordaron, ciertamente porque no habría tanto tiempo, es decir, incluso las soluciones que se están adoptando en los Estados Unidos. La adopción de algunos nuevos impuestos, como BIT como GUILT, es decir, buscar incluso algunas soluciones que fueron nuestras. Ayer escuchaste a Isaiah decir: "Mira, ahora los estadounidenses están adoptando las soluciones que Everardo puso aquí en Brasil, es decir, hace mucho tiempo".
No es eso. Es estrictamente una gran perplejidad, y cuando hablo del IVA y, como ya hablamos, el IVA es de 1949, es decir, originario de Japón. Y en un detalle, no era crédito, impuesto contra impuesto, era una base contra base.
Era, por lo tanto, un modelo completamente diferente. Hay un libro que creo que es excepcional que trata de esto, que es el libro de Clara Sullivan, que creo que quizás tenga el mejor registro de todo lo que ha existido en el IVA en todo el mundo.
Lo que entiendo es esto: estamos discutiendo la solución número 49 para el siglo XXI. Que hay un problema, es obvio que lo hay. Todos aquí señalaron muchos e incluso agregaría algunos otros que no fueron señalados aquí, pero ese no es el caso. Hoy no soy expositor. Pero, por supuesto, hay problemas.
Ahora, creo que tengo que lidiar con esto. Veamos cómo resolvemos estos problemas, mientras tanto, miremos lo que está sucediendo en el mundo para encontrar una solución, no como pensamos aquí, sino como lo hicimos en 65. ¿Qué hicimos en 65? Cuando apareció el IVA, Brasil salió como pionero. Quiero decir, después de que la solución de Japón se extinguió y Francia la adoptó, la primera solución para un IVA completo fue Brasil. Como Francia no tenía IVA hasta el final de la venta minorista, no. Francia interrumpió.
Quiero decir, esa fue una solución audaz, fue una solución avanzada para un mundo de cadena de producción. No hay cadena más productiva. Tienes una red Entonces, ¿busca una solución de cadena productiva cuando tiene una red? Mencionaste ejemplos aquí de Nutella, eso es lo que. Cuando hablamos de impresión 3D, ¿eres productor o consumidor? Definitivamente tendrás que dibujar para decir qué es. O es a la vez.
Pero, por último, decir lo siguiente: Gustavo, quiero saludarte, fue una exposición brillante. Creo que aquí hay algunos elementos muy interesantes para nuestra reflexión y esto termina integrando un libro, como ya sabrán, es importante, todo esto nos servirá para tener algo, un legado para que otras personas también lo vean.
Y al hacerlo, antes de cerrar, y voy a pedir cerrar, iba a preguntarle al dr. Victorio De Marchi lo hizo, te daré la palabra.
GUSTAVO BRIGAGÃO: Con respecto al tema de la participación del consumidor en las relaciones establecidas con las empresas relacionadas con la economía digital, uno de los temas que se discutieron, tanto en la OCDE como en el G20, y en la Unión Europea, es atribuir valor a los datos. que se proporcionan, porque cuando iniciamos sesión en WhatsApp, por ejemplo, no pagamos nada por usar la aplicación, pero estamos obligados a proporcionar nuestros datos, y estos datos son utilizados por ellos y agregan valor a la empresa y, De hecho, esta materia prima que damos, también de forma gratuita, hay una especie de intercambio, esta materia prima es lo que hace que estas empresas ganen esa cifra.
Entonces, significan lo siguiente: "Mira, aquí hay impuestos". El hecho de que se utilizan los consumidores de WhatsApp. Lo tengo Entonces, llega a este nivel de discusión y puede evolucionar hacia eso y terminar siendo, hay impuestos debido a esta interpretación.
Ahora, en relación con el IVA, estoy de acuerdo, es un homenaje de mediados del siglo pasado, es un homenaje que también se creó para una realidad completamente diferente de la actual, pero estamos detrás de esto.
No considero que la creación de IPI, ICMS (ICM todavía) o ISS haya sido algo, excepto por este aspecto que va al comercio minorista, que es una mejora, pero no considero que sean impuestos. -acumulativo. Ese es mi punto.
EVERARDO MACIEL: Pero si me dejas reflexionar. En una ocasión, Paulo Ayres Barreto nos dijo que le preguntó a nuestro querido y difunto Alcides Jorge Costa: "¿Está usted a favor del impuesto acumulativo o no acumulativo?" Y él, con esa sabiduría peculiar, dijo: "Depende de la tasa, ¿verdad? El resto es principismo.
GUSTAVO BRIGAGÃO: Sí, pero se trata de la carga fiscal que cae. Mi pregunta es, tarde o no, el hecho es que tenemos 168 países que adoptan el IVA y somos diferentes de esos 168 países. Entonces, creo que este es un problema con respecto a la inversión de capital extranjero en el país. Lo tengo Entonces, por eso creo que, cuando veo las reseñas, estoy de acuerdo con todas ellas.
Pero creo que eventualmente deberíamos tratar de luchar para tratar de evitar esto y crear un IVA, no en la forma en que se está creando. Perfeccionando esto un poco, pero me gustaría poder decirles a los inversores extranjeros que tenemos una forma de impuestos que es compatible con lo que saben. Y hoy no puedo decir eso, ¿entiendes?